Les informamos que el 3 de marzo de 2026, en su edición vespertina, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se modifican las fracciones IV y XI del apartado “A” del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reducción de la jornada laboral (el “Decreto”), el cual entró en vigor el día de su publicación.
Los puntos clave del Decreto son los siguientes:
La jornada laboral semanal será de 40 horas, lo que implica una reducción de 48 a 40 horas semanales.
Por cada seis días de trabajo, las personas trabajadoras deberán disfrutar de al menos un día de descanso con goce de salario íntegro (derecho que actualmente se encuentra previsto en la Ley Federal del Trabajo).
En ningún caso la reducción de la jornada semanal podrá implicar una disminución de sueldos, salarios ni prestaciones de los trabajadores.
Se establece un nuevo esquema de tiempo extraordinario:
El tiempo extraordinario no podrá exceder de 12 horas por semana, las cuales podrán distribuirse en hasta 4 horas diarias en un máximo de 4 días dentro del mismo periodo (actualmente, la Ley Federal del Trabajo contempla hasta 9 horas extraordinarias distribuidas en 3 días por semana).
- Las primeras 12 horas extraordinarias se pagarán con un 100% adicional sobre el salario correspondiente a las horas ordinarias, aquellas que excedan dicho límite se pagarán con un 200% adicional.
Prohibición expresa de laborar tiempo extraordinario para menores de edad (disposición que actualmente ya se contempla en la Ley Federal del Trabajo).
A partir del 1 de enero de 2027, la jornada laboral se reducirá de manera gradual en dos horas, hasta alcanzar un máximode 40 horas semanales en 2030, conforme al siguiente calendario:
| Año | Máximos Jornada Laboral Semanal |
| 1 de enero de 2026 | 48 horas |
| 1 de enero de 2027 | 46 horas |
| 1 de enero de 2028 | 44 horas |
| 1 de enero de 2029 | 42 horas |
| 1 de enero de 2030 | 40 horas |
El Congreso de la Unión contará con un plazo de 90 días para realizar las modificaciones y adecuaciones necesarias a la Ley Federal del Trabajo.
Para asegurar el debido cumplimiento con los nuevos límites a la jornada laboral, será de gran relevancia iniciar un análisis de sus jornadas actuales, contratos, políticas y reglamentos, así como optimizar los procesos y revisar los costos de nómina.
Para obtener más información, les compartimos el enlace de la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5781417&fecha=03/03/2026#gsc.tab=0
Estamos a sus órdenes para resolver cualquier duda al respecto.
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