Se presenta iniciativa para reformar la Ley Federal de Competencia Económica
La Presidenta de México ha presentado ante el Congreso una iniciativa que propone reformas a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE). Esta iniciativa, que se espera sea analizada en los próximos días, introduce modificaciones al marco institucional y a los procedimientos administrativos.
La Presidencia de México presentó ante el Congreso una iniciativa para reformar la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE). Esta iniciativa, que se espera sea analizada en los próximos días, introduce modificaciones al marco institucional y a los procedimientos administrativos.
Es importante señalar que esta iniciativa es independiente de la propuesta presentada en febrero de 2025 por el diputado Alfonso Ramírez Cuéllar, que busca establecer un nuevo marco jurídico en materia de competencia económica.
Desde el punto de vista institucional, esta nueva iniciativa prevé que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) deje de funcionar como órgano constitucional autónomo y se integre al Poder Ejecutivo bajo la nueva denominación de Comisión Nacional Antimonopolio (CNA).
Además, el número de comisionados que integran el nuevo Pleno se reduciría de siete a cinco, y dicho órgano deberá quedar constituido a más tardar el 30 de junio de 2025.
Aunque no se espera que esta pérdida de autonomía constitucional afecte la aplicación efectiva de la política de competencia —considerando que la autoridad mexicana de competencia económica anteriormente operó dentro del Poder Ejecutivo—, persiste la preocupación de que las consideraciones políticas puedan influir cada vez más en la toma de decisiones, en detrimento del rigor técnico.
Cabe señalar que la CNA asumiría todas las facultades en materia de competencia económica que actualmente ejerce el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), convirtiéndose en la única autoridad de competencia económica de México.
En materia de concentraciones, la propuesta contempla una reducción de los umbrales que generan la obligación de solicitar autorización, con el objetivo de someter un mayor número de operaciones a la revisión de la CNA.
Respecto de las sanciones, la iniciativa endurece sustancialmente el régimen sancionador mediante un incremento considerable de las multas aplicables e introduce nuevos supuestos en los que podrán imponerse sanciones.
Estas multas podrán imponerse como medidas de apremio por el incumplimiento de las órdenes de la autoridad o como sanciones definitivas.
Paralelamente, la iniciativa busca promover el inicio de procedimientos penales y acciones colectivas.
En el ámbito procesal, la iniciativa introduce diversos cambios relevantes, incluidas restricciones temporales para presentar solicitudes al programa de inmunidad y reducción de sanciones en casos de prácticas monopólicas absolutas, así como para ofrecer compromisos destinados a lograr la conclusión anticipada de investigaciones relacionadas con prácticas monopólicas relativas.
Una innovación particularmente relevante es el establecimiento de un sistema de certificación de programas de cumplimiento, que podrán considerarse como factores atenuantes en la imposición de sanciones.
Asimismo, se reducirían los plazos procesales, particularmente en los procedimientos de revisión de concentraciones, en los que el plazo de resolución disminuiría de 100 a 50 días, incluidas las prórrogas aplicables.
La reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Durante el periodo de transición, específicamente mientras se constituye el nuevo Pleno de la CNA, la COFECE y el IFT continuarían ejerciendo sus funciones conforme al marco jurídico anterior.
Los procedimientos que ya se encuentren en trámite continuarían rigiéndose por las disposiciones legales vigentes al momento de su inicio.
Sin embargo, las investigaciones relacionadas con prácticas monopólicas absolutas, prácticas monopólicas relativas, concentraciones ilícitas, barreras a la competencia e insumos esenciales quedarían suspendidas hasta que se constituya el nuevo Pleno de la CNA.
Por el contrario, los procedimientos de revisión de concentraciones no serían suspendidos.

