Iniciativa de Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos
La iniciativa propone impulsar la adopción de medios de pago electrónicos y digitales, incorporar nuevos mecanismos de identificación y facultar a la SHCP para determinar sectores en los que el pago digital podría convertirse en el único medio permitido.
El 8 de septiembre de 2026, el Ejecutivo Federal envió a la Cámara de Diputados la Iniciativa de Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos (la “Iniciativa”), como parte del Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2027.
La Iniciativa tiene como objetivo principal promover la adopción e implementación de Medios de Pago Electrónicos y Digitales, tales como códigos QR, dispositivos NFC, tarjetas de débito y crédito, y transferencias, cerrando la brecha entre la infraestructura tecnológica existente y su adopción real para permitir que cualquier persona realice pagos de manera digital.
De acuerdo con la exposición de motivos, el proyecto busca reducir costos y tiempos de transacción; disminuir riesgos asociados con el manejo de efectivo; generar un historial transaccional verificable para PyMEs y personas físicas que facilite la inclusión financiera; e incrementar las oportunidades de venta y el acceso a servicios financieros.
En materia de identificación digital, la Iniciativa reconoce dos mecanismos de confianza para habilitar la contratación a distancia de servicios financieros, sujetos al consentimiento del titular. El primero es la CURP Digital, cuyo uso sería optativo para el usuario, aunque las entidades financieras estarían obligadas a aceptarla como mecanismo de identificación. El segundo es el Expediente Digital Ciudadano, que las entidades financieras deberán aceptar como mecanismo de validación a solicitud del usuario y cuyos documentos digitales tendrían los mismos efectos jurídicos que las leyes otorgan a los documentos físicos.
Para el sector público, las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán aceptar Medios de Pago Electrónicos y Digitales en la atención de trámites y servicios. Asimismo, deberán adoptar e implementar los Modelos para la Homologación de Trámites y las Soluciones Tecnológicas emitidas por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, entre ellas la Ventanilla Digital Nacional de Inversiones, la Plataforma de Establecimientos Mercantiles, la CURP Digital y el Expediente Digital Ciudadano.
En el sector privado, los proveedores de bienes y servicios y las entidades financieras quedarían facultados para implementar Medios de Pago Electrónicos y Digitales. Asimismo, deberán promover la inclusión financiera mediante la difusión de productos y servicios, y facilitar el otorgamiento de créditos, préstamos y financiamientos a través de dichos medios.
Uno de los aspectos centrales de la Iniciativa es la facultad que se otorgaría a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”) para determinar las actividades o sectores en los que el pago digital sería el único medio permitido. La SHCP tendría que realizar esta determinación dentro de los 15 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del Decreto y, posteriormente, las autoridades competentes contarían con otros 15 días hábiles para emitir las disposiciones que regulen las condiciones y obligaciones aplicables.
Esta facultad constituye uno de los puntos medulares de la Iniciativa, al permitir a la SHCP restringir unilateralmente el uso de dinero en efectivo por sector de actividad, lo que genera una tensión normativa con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.
En caso fortuito o de fuerza mayor, se permitiría temporalmente el pago en efectivo o mediante cheque, sin que dicha circunstancia pudiera justificar un incumplimiento permanente de las obligaciones previstas.
La Iniciativa también contempla facultades específicas para el Banco de México con el fin de instrumentar y regular el nuevo ecosistema digital. El banco central estaría facultado para ampliar los niveles de operación de las cuentas de depósito de dinero a la vista e implementar programas informáticos que faciliten el uso de transferencias electrónicas de fondos.
Asimismo, el Banco de México podría emitir disposiciones de carácter general orientadas a homologar la experiencia de usuario en aplicaciones de servicios financieros y, de manera conjunta con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”), regular a las entidades que operan Terminales de Punto de Venta para que permitan el cobro mediante códigos QR. También le correspondería establecer las medidas e infraestructura necesarias para propiciar e incrementar el acceso de la población a los servicios financieros.
En caso de que la Iniciativa sea aprobada en sus términos, tanto las entidades del sector financiero como los proveedores de bienes y servicios deberán adecuar sus políticas de cumplimiento, sistemas tecnológicos y modelos de contratación a distancia para incorporar los nuevos mecanismos de identificación y pago.
Asimismo, las empresas pertenecientes a los sectores que la SHCP determine como “estratégicos” deberán migrar obligatoriamente hacia esquemas 100% digitales en plazos breves posteriores a la entrada en vigor de la norma. Este aspecto representa uno de los puntos más relevantes de la Iniciativa, al conferir una atribución unilateral que restringiría la aceptabilidad del efectivo en términos de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.
Von Wobeser y Sierra dará seguimiento al avance de esta Iniciativa y se encuentra a disposición para evaluar su impacto, así como para diseñar estrategias de cumplimiento y mitigación de riesgos.

