Cambios a la forma en la que se vigilará y deberá dar cumplimiento a la LFPDPPP.
Por este medio, les informamos que el pasado 21 de julio de 2016, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (el "INAI"), autoridad facultada para vigilar y supervisar el cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (la "LFPDPPP"), emitió una resolución en la que se establece que las bases de datos de los trabajadores no son propiedad de las empresas, y por lo tanto no pueden disponer de esa información fuera de los límites permitidos por la LFPDPPP. De acuerdo a la resolución del INAI, los trabajadores son dueños de sus datos personales y no las empresas para las que laboran.
A continuación encontrarás un resumen de la resolución mencionada:
"Cuando el uso de datos personales tiene como propósito cumplir con una obligación, que se deriva de una relación jurídica, en este caso laboral, no puede alegarse que los datos fueron recabados para uso estrictamente personal.
Los datos personales relativos a un empleado o exempleado, como el puesto desempeñado, la dirección de correo electrónico, el salario y otras asignaciones es información personal que debe ser tratada conforme a los principios, deberes y derechos previstos en la LFPDPPP.
Los datos personales que las empresas poseen en sus archivos o bases de datos no son de su propiedad."
Esperando que esta información les sea de utilidad.
Quedamos a sus órdenes en caso de que tengas cualquier duda o comentario respecto del particular.
Luis Burgueño, Socio:+ 52 (55) 5258-1003, lburgueno@vwys.com.mx