El día de hoy, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía (SE) emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, que entró en vigor hoy mismo.
Este acuerdo incluye importantes modificaciones a la operación de las empresas bajo los programas IMMEX y PROSEC. Entre ellas, se elimina la obligación de presentar una fe de hechos para algunos trámites como el del alta de nuevos domicilios, el registro de empresas submanufactureras y la ampliación subsecuente de mercancías sensibles, pero se sustituye por un escrito libre que detalle parte de la información y documentación que se exigía para la fe de hechos.
Por lo que se refiere a los trámites IMMEX que aún requieren la presentación de una fe de hechos -Programa nuevo, ampliación de actividades de servicios, ampliación de la modalidad de reparación, reacondicionamiento y remanufactura, cambio de modalidad IMMEX y ampliación para la importación de mercancías sensibles-, ésta podrá continuar siendo elaborada por cualquier fedatario público durante los seis meses siguientes a la fecha de publicación. Transcurrido ese plazo, sólo podrá ser elaborada por Corredor Público previamente habilitado por la SE, eliminando la posibilidad de realizarla por conducto de Notario Público.
También se establece como alternativa a la fe de hechos, la realización de una “visita de inspección” por las oficinas de representación (OR) habilitadas por la SE o por diversas dependencias, entidades u organismos mediante Convenios de Colaboración; sin embargo, sólo podrán solicitar una visita, aquellas empresas cuyos domicilios estén dentro de la circunscripción de las OR o de las dependencias antes señaladas. En nuestra opinión, esta “alternativa” no es ni será viable dada la escasez de recursos humanos y materiales, así como la inexistencia de convenios de colaboración.
Los párrafos anteriores sólo describen algunas de las modificaciones más relevantes. Sin embargo, existen muchas otras que impactarán significativamente en la operación de las empresas bajo programas IMMEX y que deben tomarse en cuenta para evitar sanciones e incluso la cancelación de los programas.
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