El 13 de julio de 2022, entró en vigor el Acuerdo de carácter general emitido por la Comisión Nacional del Agua (“CONAGUA”) en relación con el inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022 (“Acuerdo de Sequia 2022”).
El Acuerdo de Sequia 2022 establece medidas y acciones extraordinarias para apoyar a las cuencas del país en las que se determinó que existían sequías extremas, severas, excepcionales o baja disponibilidad de agua.
Derivado de lo anterior, los concesionarios y asignatarios de concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales de las cuencas enlistadas1 en el Acuerdo de Sequía 2022, podrán realizar las siguientes acciones:
1. Dar aviso a la CONAGUA para proporcionar a terceros en forma provisional el uso total o parcial de los volúmenes amparados por una concesión de agua.
2. Ceder o transmitir temporalmente a la CONAGUA, sus derechos y solicitar la interrupción de la caducidad de los volúmenes concesionados que no utilicen, en tanto subsiste la emergencia.
Si se trata de uso industrial y agrícola, la CONAGUA verificará que los volúmenes que se transfieran o cedan temporalmente, se entreguen a la red de distribución en coordinación con el organismo operador, siempre que subsista la emergencia.
El supuesto marcado con el numeral 2, podría ser favorable para aquellos concesionarios que a la fecha no utilicen la totalidad de los volúmenes amparados en sus títulos de concesión, ya que podrán ceder temporalmente a la CONAGUA los derechos y volúmenes amparados bajo los mismos, solicitar la interrupción de la caducidad de los volúmenes no utilizados, y a la vez apoyar a la CONAGUA en mitigar las sequías severas en las cuencas correspondientes.
Para lo anterior, sugerimos realizar un análisis caso por caso, a efecto de poder determinar la estrategia legal para ejercer alguna de las opciones antes referidas. Lo anterior, incluyendo la temporalidad, uso y volúmenes de la cesión, así como la situación actual de cumplimiento de condicionantes del título de concesión correspondiente.
Por último, el Acuerdo de Sequía 2022 también señala que la CONAGUA podrá ejecutar medidas transitorias como, por ejemplo, la limitación temporal de los derechos de agua existentes, por medio de una reducción provisional de volúmenes concesionados, con el propósito de garantizar el abasto de agua para uso doméstico y público urbano.
Es importante revisar el listado que comprende el Acuerdo de Sequía 2022 de aquellas cuencas clasificadas con sequía extrema, severa, excepcionales o con baja disponibilidad de aguas, a efecto de determinar las opciones y/o obligaciones que podrían tener las empresas de conformidad con el Acuerdo de Sequía 2022.
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