Apreciables clientes y amigos:
Recientemente entró en vigor la Reforma al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
Esta reforma tiene un impacto directo en las operaciones comerciales de bares y restaurantes, toda vez que obliga a los establecimientos que tengan zonas exclusivamente para fumar a que estas cumplan con las siguientes características:
- Estar totalmente separadas de los llamados espacios 100 por ciento libres de humo;
- Estar únicamente en espacios al aire libre, y nunca en uno cerrado;
- Que en las mismas no se preste el servicio de consumo de alimentos y bebidas, ni lleven a cabo en ellas actividades de esparcimiento; y
- Que no sean mayores al 10% del área de un establecimiento, considerando únicamente el área destinada a la prestación del servicio.
Quienes estén interesados, pueden promover un juicio de amparo en contra de esta nueva normatividad y solicitar una suspensión para poder seguir operando con normalidad.
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