El pasado 8 de junio de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (tramitada bajo el expediente 94/2021), en el sentido de invalidar el decreto por el que fue expedida la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de
Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, al considerar que el Congreso de la Unión incurrió en diversas violaciones al procedimiento legislativo.
El decreto que expidió la Ley, que había entrado en vigor el 1 de septiembre de 2021, establecía cambios relevantes en la operación de la prestación de servicios de publicidad con independencia de su medio de difusión y, tenía como propósito, entre otros, combatir ciertas prácticas, principalmente aquellas relativas a la reventa de espacios publicitarios. Es decir, esta Ley modificaba la forma en la que los anunciantes, agencias y medios digitales habían venido operando y generaba cambios importantes en la estructura de contratación y facturación de los medios publicitarios tanto tradicionales como digitales.
La SCJN destacó que, en el caso de esta Ley, hubo violaciones al procedimiento legislativo, entre otros, debido a que no hubo una buena calidad del debate por la falta de conocimiento oportuno e informado de los legisladores. Además, consideró que no hubo participación en condiciones de libertad e igualdad, ya que los partidos políticos
no pudieron expresar y defender sus opiniones.
Es de mencionarse que la Comisión Federal de Competencia Económica también formuló argumentos en relación con el contenido de las disposiciones de la Ley (controversia constitucional tramitada bajo el expediente 94/2021). No obstante, los mismos no fueron resueltos, ya que las violaciones al procedimiento legislativo fueron suficientes
para invalidar el decreto, el cual también fue controvertido por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (controversia constitucional tramitada bajo el expediente 93/2021); sin embargo, en este último caso se resolvió sobreseer la misma al haber cesado los efectos del decreto como resultado de la controversia promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica.
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