La Constitución otorga el derecho exclusivo de usar o explotar una creación intelectual. Los privilegios temporales otorgados a los autores, artistas e inventores para el uso exclusivo de sus creaciones no se consideran monopolios.
La Constitución otorga el derecho exclusivo de usar o explotar una creación intelectual. Los privilegios temporales otorgados a los autores, artistas e inventores para el uso exclusivo de sus creaciones no se consideran monopolios.