El 9 de junio de 2025, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) publicó un memorándum titulado “Directrices para investigaciones y aplicación de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA)”, en cumplimiento de la Orden Ejecutiva 14209. La nueva guía del DOJ reorienta la aplicación anticorrupción hacia casos que afectan intereses estratégicos de EE.UU. – como la seguridad nacional, los cárteles de la droga u organizaciones criminales transnacionales (TCOs), o conductas que perjudican la competitividad de empresas estadounidenses – y resta prioridad a infracciones “rutinarias” o de baja cuantía.
El 9 de junio de 2025, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) publicó un memorándum titulado “Directrices para investigaciones y aplicación de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA)”, en cumplimiento de la Orden Ejecutiva 14209. La nueva guía del DOJ reorienta la aplicación anticorrupción hacia casos que afectan intereses estratégicos de EE.UU. – como la seguridad nacional, los cárteles de la droga u organizaciones criminales transnacionales (TCOs), o conductas que perjudican la competitividad de empresas estadounidenses – y resta prioridad a infracciones “rutinarias” o de baja cuantía. También se suspende el inicio de nuevas investigaciones FCPA (salvo aprobación especial) y se establece una revisión obligatoria, en un plazo de 180 días, de todos los casos pendientes.
Principales Cambios en la Aplicación de la FCPA
• Revisión de Asuntos Pendientes: El DOJ deberá revisar todos los casos FCPA en curso dentro de ese plazo y decidir si continúan, se modifican o se cierran conforme a las nuevas prioridades.
• Enfoque en Cárteles y TCOs: Se dará máxima prioridad a los esquemas de soborno vinculados con cárteles u organizaciones criminales transnacionales, incluyendo pagos que los beneficien o que involucren a funcionarios coludidos con ellos.
• Protección a la Competitividad de EE.UU.: Se priorizará la corrupción que perjudique de manera injusta a empresas estadounidenses identificables, como sobornos que afecten licitaciones o excluyan postores de EE.UU.
• Consideraciones de Seguridad Nacional: Se dará prioridad a los casos de soborno en sectores estratégicos como defensa, inteligencia, minerales críticos, puertos u otra infraestructura clave para la seguridad de EE.UU.
• Corrupción Grave vs. Rutinaria: El DOJ reducirá el enfoque en pagos triviales o de facilitación, y se concentrará en esquemas de soborno graves, de alto valor, con intención corrupta, encubrimiento u obstrucción.
Implicaciones Prácticas y Recomendaciones
Pese al cambio de enfoque, las empresas multinacionales no deben bajar la guardia. La FCPA sigue plenamente vigente y la SEC continúa ejerciendo su autoridad sobre emisores. Las conductas durante esta “pausa” podrían ser procesadas posteriormente, y muchas autoridades extranjeras mantendrán o reforzarán sus acciones anticorrupción. Las empresas que operan en México y tienen exposición jurisdiccional en EE.UU. – como filiales de compañías estadounidenses, joint ventures con participación estadounidense o intermediarios de emisores – deben aprovechar este momento para reevaluar sus riesgos en materia anticorrupción.
Recomendamos:
• Reforzar la Debida Diligencia: Revisar la evaluación de terceros y socios locales, prestando especial atención a vínculos con cárteles, personas políticamente expuestas o estructuras opacas.
• Fortalecer Protocolos Internos: Asegurar que los empleados conozcan cómo reportar intentos de extorsión o soborno. Establecer canales seguros de escalamiento para casos vinculados a crimen organizado o funcionarios públicos.
• Actualizar la Capacitación: Reforzar que la corrupción vinculada a cárteles o activos estratégicos es ahora una prioridad alta de aplicación, incluso durante la pausa.
• Monitorear la Conducta de Competidores: Estar alerta ante señales de que competidores incurren en sobornos que afectan su negocio – esa conducta puede ser accionable o reportable.
• Permanecer Atentos a Nuevos Cambios: Es probable que el DOJ emita nuevas directrices tras la revisión de 180 días. Adapte su programa de cumplimiento conforme se requiera.
Alinear su programa de cumplimiento con estas directrices emergentes le permitirá proteger su negocio frente al riesgo legal, al tiempo que promueve operaciones éticas y competitivas. Asimismo, las empresas extranjeras que operan en sectores estratégicos para EE.UU. – como defensa, inteligencia o infraestructura crítica – podrían enfrentar un escrutinio más riguroso. El DOJ ha indicado que futuras acciones de cumplimiento podrían enfocarse en competidores extranjeros cuya conducta afecte el acceso de empresas estadounidenses a mercados internacionales.