En días anteriores informamos acerca de la aprobación de la iniciativa de reforma para regular la subcontratación en la Cámara de Diputados. En seguimiento a ello les informamos que el día de hoy se aprobó la misma en la Cámara de Senadores. Lo anterior quiere decir que la reforma ha sido aprobada en su totalidad, restando únicamente, para su entrada en vigor, su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo que se estima pasará el 1 de mayo o antes.
Los puntos principales de la multicitada reforma son:
1. Prohibición de la subcontratación de personal. Se permite la subcontratación de servicios especializados.
2. Registro de personas físicas y morales que presten servicios de subcontratación especializados.
3. Límite en el pago del reparto de utilidades (tres meses de salario o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años).
4. Sanciones a quienes contravengan lo dispuesto en la reforma (responsabilidad solidaria, no deducibilidad y acreditamiento, y multas).
Para mayor información en relación con el contenido de la reforma les compartimos nuestra última publicación (clic aquí).
Reiteramos que nos encontramos a sus órdenes para resolver cualquier duda respecto a esta relevante reforma que sin duda implicará restructuras en la mayoría de las empresas y apoyarlos en la elaboración e implementación de planes de acción para cumplir con la reforma.
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