Publicación en el DOF del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

El 16 de abril de 2021, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (el “Decreto”), estableciendo una obligación a cargo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (“IFT”) de incorporar a su actual Registro Público de Telecomunicaciones, un nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (el “Padrón Nacional”).


La reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en comento requiere que, ya sea para contratar nuevos servicios de telefonía o para continuar prestando los servicios preexistentes, cada concesionario de servicios telefónicos recabe cierta información y datos personales de sus clientes-titulares de líneas de telefonía móvil para transferirlos al IFT y, de esta forma, integrar el Padrón Nacional. En términos generales, los datos que integran el Padrón Nacional comprenden dos categorías: por un lado, datos relacionados con la línea de telefonía móvil, tales como el número de la línea, la fecha y hora de activación, y el esquema de pagos de dicha línea; y, por otro lado, ciertos datos personales del cliente-titular de la línea, tales como su domicilio personal, número de identificación oficial o CURP, y, notablemente, sus datos biométricos.


Sin duda alguna, el tema del registro de los datos biométricos de los clientes-titulares de líneas de telefonía móvil en el Padrón Nacional es uno de los puntos más polémicos de la reforma realizada a través del Decreto, ya que su incorporación en una base de datos masiva controlada por el gobierno (como lo es el Padrón Nacional) nos acerca a países como China, Arabia Saudita, y Emiratos Árabes Unidos, en los que la autoridad exige a los ciudadanos entregar datos biométricos como condición para tener acceso a una línea telefónica móvil.


El Decreto justifica el registro de los datos biométricos de los clientes-titulares de líneas de telefonía móvil en el Padrón Nacional como una forma de colaborar con las autoridades en materia de seguridad y justicia en la comisión de delitos. Sin embargo, esta aparente finalidad difícilmente se logrará por medio de la reforma publicada, misma que, por el contrario, amenaza con exponer datos personales- incluyendo datos biométricos de millones de clientes-titulares de líneas telefónicas en México, a un uso no autorizado de los mismos. Lo anterior cobra especial relevancia si consideramos que México es uno de los países que sufre más ciberataques en el mundo y actualmente ocupa el octavo lugar a nivel mundial en la incidencia de robo de identidad; sin mencionar la deficiente regulación que actualmente existe en nuestro país respecto a la protección de datos biométricos, y que, a diferencia de la normatividad extranjera en la materia, y particularmente la europea, no reconoce expresamente a los datos biométricos como información sensible cuyo tratamiento amerite una protección restringida y especial.


No sería sorprendente que los datos que integran el Padrón Nacional, incluidos los datos biométricos, sean comercializados en forma similar a lo sucedido con otro tipo de padrones públicos como el electoral, con todos los riesgos que dicha situación conlleve para los titulares de los datos personales registrados. Ciertamente, poblar al Padrón Nacional con datos biométricos de clientes-titulares de líneas de telefonía móvil no es una medida proporcional para garantizar los fines a los que atiende la reforma, pues atenta contra la protección constitucional de la privacidad y protección de los datos personales del individuo, y a su vez pone en riesgo a nuestro Estado de Derecho. Ante este escenario, solo queda que el poder judicial conceda su protección y amparo a los clientes-titulares que se inconformen con esta nueva reforma, tal y como han hecho ya algunos jueces federales al otorgar la suspensión provisional a efecto de que los datos personales de los clientes-titulares quejosos no sean registrados en el Padrón Nacional.


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