Uso de Medios Electrónicos para la Celebración de Asambleas de Socios y Accionistas

En diciembre del año 2021, la C. Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo presentó la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se busca reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles (la “Ley”), mismo que ya fue aprobado por el Pleno del Senado de la República el pasado 12 de septiembre de 2023 (la “Iniciativa”).


En concreto, mediante la Iniciativa se busca reformar y/o adicionar los artículos 6, 75, 80, 81, 82, 143,178, 179, 186 y 194 con el fin de regular la plena validez del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología (“Medios Electrónicos”) para habilitar la celebración de asambleas de socios o accionistas (“Asambleas”), juntas de órganos colegiados de administración y vigilancia (“Juntas Societarias”) fuera del domicilio social de las sociedades mexicanas. Dicha reforma constituirá una nueva e importante herramienta para las sociedades mercantiles.


La Iniciativa tiene por objeto:


1.Habilitar como medio alternativo y equivalente a la presencia física, la celebración de Asambleas y Juntas Societarias mediante el uso de Medios Electrónicos.


2.Permitir que las Asambleas, así como las Juntas Societarias, se puedan llevar a cabo total o parcialmente mediante asistencia presencial o virtual a través de Medios Electrónicos.


3.Preservar el principio de equivalencia plena entre el uso de medios tradicionales y electrónicos, así como el de neutralidad de tecnológica previstos por el Código de Comercio Código. Es
decir, que todo acto que se pueda realizar por medios físicos pueda ser realizado por medios telemáticos y/o electrónicos, conservando el mismo valor jurídico y probatorio que los actos
realizados por medios convencionales, así como los principios supletoriamente aplicables del Código Civil Federal.


4.Regular el uso de Medios Electrónicos para la documentación de actas, minutas y demás documentos, al reconocer que estos ya están reconocidos por el Código de Comercio y el Código Civil Federal y, por lo tanto, no hacer obligatorio el uso de uno sobre otro salvaguardando la libertad a las partes de elegir la forma de documentar dichos documentos que a sus intereses convengan.


5.Flexibilizar el requisito de celebración de Asambleas en el domicilio social de las sociedades, permitiendo a los socios o accionistas acordar, caso por caso, la celebración de Asambleas fuera del domicilio social. Lo anterior con el fin de salvaguardar el derecho de cada socio o accionista a asistir a las Asambleas mediante Medios Electrónicos o presencialmente.


Por último, el día 12 de septiembre del 2023 la Iniciativa fue turnada al Ejecutivo Federal, por lo que se espera su pronta publicación en el Diario Oficial de la Federación.


Para más información con respecto a las repercusiones de la Iniciativa en la práctica y la implementación del uso de Medios Electrónicos para la celebración de Asambleas y Juntas Societarias, favor de contactar a:


Luis Burgueño, Socio:+52 (55) 5258-1003 | lburgueno@vwys.com.mx


Rupert Hüttler, Socio:+52 (55) 5258-1038 | rhuettler@vwys.com.mx


Fernando Carreño, Socio:+52 (55) 5258-1042 | fcarreno@vwys.com.mx


Pablo Saez, Socio:+52 (55) 5258-1085 | psaez@vwys.com.mx


Alberto Córdoba, Socio:+52 (55) 5258-1016 | acordoba@vwys.com.mx


Alejandro Orellana, Socio:+52 (55) 5258-1085 | aorellana@vwys.com.mx


Pablo Jiménez, Socio:+52 (55) 5258-1016 | pjimenez@vwys.com.mx


Katharina Roehr, Socio:+52 (55) 5258-1023 | kroehr@vwys.com.mx


Anna-Maria Brandstädter, Asociada:+52 (55) 5258-1038 | abrandstadter@vwys.com.mx


Samuel Alejandro Gutiérrez, Asociado:+52 (55) 5258-1042 | sgutierrez@vwys.com.mx