La CNE anuncia la implementación de un programa temporal de registro para el despacho para autoconsumo de petrolíferos

La CNE anuncia la implementación de un programa temporal de registro para el despacho para autoconsumo de petrolíferos

Julio, 2026

El pasado 21 de julio de 2026, la Comisión Nacional de Energía (la “CNE”) publicó el Boletín de Prensa No. 008 mediante el cual anunció la implementación de un Programa temporal de Registro para la actividad de Despacho para Autoconsumo de Petrolíferos (el “Programa”).

El Programa tiene por objeto identificar las instalaciones existentes que son utilizadas por particulares para la recepción, guarda y suministro de Petrolíferos (p.ej. gasolina, diésel, gas licuado de petróleo, etc.), así como fortalecer la trazabilidad de las operaciones y establecer un mecanismo transitorio para las personas que actualmente realizan el Despacho para Autoconsumo de Petrolíferos hasta en tanto la CNE emite la regulación correspondiente para regular dicha actividad.

A continuación, se resumen los principales aspectos del Programa.

Antecedentes

La Ley del Sector Hidrocarburos (la “LSH”), publicada el 18 de marzo de 2025, incorporó por primera vez la figura de Despacho para Autoconsumo de Petrolíferos.

Posteriormente, el Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos (“RLSH”) la definió como la actividad consistente en recibir, guardar y suministrar Petrolíferos destinados exclusivamente al abastecimiento de vehículos automotores propiedad o en posesión del titular, vinculados directamente con su actividad económica u objeto social. Asimismo, prohíbe expresamente la venta, cesión o transferencia de los productos a terceros y establece que la actividad deberá realizarse en instalaciones que cumplan con las características que determine la CNE y la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

Aspectos relevantes del Programa

Si bien la LSH y el RLSH reconocen esta actividad, hasta ahora no existe la regulación administrativa aplicable para obtener el permiso correspondiente. En este contexto, el Programa constituye un mecanismo transitorio mientras la CNE emite la regulación aplicable a esta actividad.

De acuerdo con el comunicado de la CNE, destacan los siguientes puntos:

Registro temporal. La CNE publicará en las próximas semanas un Programa de Registro dirigido a las personas que actualmente operan instalaciones destinadas al Despacho para Autoconsumo.

Mecanismo transitorio. El registro permitirá continuar realizando la actividad mientras se tramita el permiso definitivo que será regulado mediante la normatividad que emita la CNE para tales efectos.

Trazabilidad. El Programa busca identificar las instalaciones existentes y fortalecer el control y la trazabilidad del suministro de Petrolíferos para autoconsumo.

Las empresas que actualmente realizan actividades de Despacho para Autoconsumo de Petrolíferos deberán dar seguimiento a la publicación del Programa y evaluar si sus operaciones se ubican dentro de su ámbito de aplicación, a fin de solicitar el registro temporal y cumplir oportunamente con las obligaciones que establezca la CNE conforme emita la regulación aplicable.

En Von Wobeser y Sierra nos ponemos a su disposición para asesorarlos en el análisis de este nuevo régimen aplicable al Despacho para Autoconsumo de Petrolíferos, así como en la evaluación de las implicaciones derivadas de este Programa y el acompañamiento para el cumplimiento de la futura regulación. En caso de requerir información adicional, no duden en contactar a nuestros socios y asociados expertos en la materia.

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